Societario

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Tan pronto como las asociaciones de personas, las sociedades civiles y capitalistas traspasan las fronteras nacionales surge la pregunta sobre qué ley le es aplicación ¿Qué ordenamiento jurídico estatal rige sobre las relaciones legales referentes a las sociedades? ¿De qué legislación dependen su constitución, su existencia y su disolución?

Estas preguntas del estatuto de una sociedad son las preguntas básicas del derecho de las sociedades internacionales.

El ordenamiento jurídico prevé diferentes tipos de sociedades y determina para cada uno de ellos las condiciones para su creación, la actuación de las sociedades en las relaciones jurídicas y su disolución. Quien pretenda fundar una sociedad, en principio puede elegir el tipo de sociedad libremente. Habrá que determinar el tipo de sociedad adecuado considerando los intereses individuales. Los criterios decisivos son la limitación de la responsabilidad y los privilegios fiscales de determinados tipos de sociedades.

En este contexto les asesoraremos sobre los siguientes temas:
• En el caso de constitución de empresas: elección del tipo de sociedad.
• Redacción de los contratos de sociedad / estatutos correspondientes
• Apertura de sucursales
• Asesoramiento en la adquisición y venta de sociedades españolas
• Cambio de socios
• Conflicto entre socios
• Responsabilidad del Administrador

DIRÍJASE A NOSOTROS, le ayudaremos a encontrar una solución a su medida.